/ lunes 27 de febrero de 2023

Nulo interés por matrimonios parralenses en adoptar a menores

Durante el 2022 se registraron 29 solicitudes de adopción a nivel estatal, de las cuales ninguna corresponde a Parral

Durante el año 2022, a nivel estatal se presentaron 29 solicitudes de adopción, de las cuales ninguna corresponde a Parral, actualmente se encuentran 917 niños, niñas y adolescentes bajo la tutela pública, así como 69 asignados en acogimiento preadoptivo.

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El Desarrollo Integral de la Familia (DIF) Estatal, dio a conocer que durante el año 2022, se recibieron un total de 29 solicitudes de adopción en el estado.

Con base en la información proporcionada por la dependencia estatal, del total de solicitudes recibidas, en Parral no se presentaron ninguna de estas.

Actualmente se encuentran 69 menores asignados en acogimiento pre adoptivo, de los cuales 37 son hombres y 32 mujeres, asimismo hay 917 niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo la tutela pública.

Foto: Pixabay

Según la información expuesta, en el proceso de adopción se debe integrar expediente administrativo, el cual incluye la constancia que acredite la asistencia al curso de capacitación dirigido a las personas solicitantes, impartido por el personal de la Procuraduría o de la Subprocuraduría de Protección Auxiliar correspondiente.

Asimismo, se debe integrar la solicitud de adopción emitida por el DIF Estatal, con copia certificada del acta de nacimiento de las personas solicitantes y, en su caso, de sus descendientes. Para el caso de personas extranjeras residentes en este país, deberán presentar sus actas debidamente apostilladas y traducidas al idioma español.

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En tanto, se debe integrar la copia certificada del acta de matrimonio, constancia de concubinato o certificado de inexistencia de matrimonio expedido por el Registro Civil, en su caso, copia de la Clave Única de Registro de Población, identificación oficial vigente con fotografía, comprobante de domicilio y dos fotografías tamaño credencial.

Biografía personal de cada persona solicitante, desarrollando en mínimo una cuartilla, la narrativa de su historia de vida, gustos, aficiones, pasatiempos, motivación personal para la adopción, entre otros.

Fotografías del domicilio a color y tamaño postal, en donde se deberá apreciar la fachada del inmueble, así como el espacio en que se ubique la sala, cocina, comedor, recámaras, sanitarios.

Constancia de trabajo, especificando puesto que ocupan, actividades que desarrolla, antigüedad y sueldo. Tratándose de negocio propio, deberá ser expedida por persona que cuente con Título de Contador Público incluyendo copia certificada de su cédula profesional y una copia simple de la última declaración de impuestos de quien solicite la adopción, en la que se desprenda su actividad laboral y el ingreso que percibe, así como el tiempo que se lleva realizando dicha actividad.

Currículum vitae, certificado médico expedido por una institución pública, tanto de las personas solicitantes, así como de las personas que vivan con ellas, que contengan los análisis clínicos virales y toxicológicos que acrediten su buen estado de salud, que no padecen enfermedad contagiosa grave y que no tienen una afectividad por el consumo de drogas o estupefacientes.

Tres cartas de recomendación personales, ya sea individual o como pareja, expedidas por personas que no tengan parentesco con las personas solicitantes, las cuales deberán contener nombre, ocupación, domicilio, teléfono y copia de la identificación oficial vigente de quienes suscriben las cartas.

Fotografías a color y tamaño postal de las personas solicitantes con la familia extensa, constancia de antecedentes penales, y carta de no antecedentes policiacos.

Un escrito individual, bajo protesta de decir verdad, en el que se manifieste no haber recibido condena o que se encuentre en proceso civil o familiar por incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, pérdida de derechos derivados de la patria potestad, divorcio bajo las causales de violencia familiar o aquellas que señala la legislación vigente que causaren detrimento grave a la unidad familiar, pues de ser así, se postergará el trámite hasta que se dicte sentencia absolutoria y haya causado estado la misma.

De igual, forma un escrito individual, bajo protesta de decir verdad, en el que se manifieste que no se encuentra en sujeción a un proceso penal por la comisión de algún delito del fuero local o federal, pues de ser así, se postergará el trámite hasta que se dicte sentencia absolutoria y haya causado estado la misma.

Integrado el expediente de las personas solicitantes, se realizará la evaluación psicológica y estudio socioeconómico por parte del personal de la Procuraduría de Protección, correspondiente o de la Subprocuraduría de Protección Auxiliar correspondiente, anexándose los resultados en el expediente.

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La solicitud deberá ser aprobada por un Consejo Técnico

El Consejo Técnico Estatal de Adopciones, analizará los aspectos jurídico, psicológico, social, médico y económico de las personas solicitantes y se les hará una entrevista. Cuando de dicho análisis, se concluya que son idóneas para adoptar y, por lo tanto, pertinente la inserción de una niña, niño o adolescente a su núcleo familiar, el Consejo determinará la procedencia de la solicitud y aprobará el certificado de idoneidad.

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El certificado de idoneidad es un documento expedido por la Procuraduría, previa aprobación del Consejo, o por la Autoridad Central del país de origen de las personas adoptantes, en los casos de adopciones internacionales, en virtud del cual se determina que las personas solicitantes cuentan con las condiciones psicológicas, sociales, médicas y jurídicas adecuadas para la integración de una niña, niño o adolescente en su núcleo familiar a través de la adopción.

Una vez que las personas solicitantes cuenten con el certificado de idoneidad, de acuerdo al perfil del niño, niña o adolescente que la persona interesada en adoptar estableció, se realizará el proceso de asignación por parte del Consejo de Adopciones, en función de los niños y niñas que sean aptos para la adopción por su situación jurídica, social y psicológica para iniciar el periodo de convivencias, adaptabilidad y acogimiento pre-adoptivo.

Durante el año 2022, a nivel estatal se presentaron 29 solicitudes de adopción, de las cuales ninguna corresponde a Parral, actualmente se encuentran 917 niños, niñas y adolescentes bajo la tutela pública, así como 69 asignados en acogimiento preadoptivo.

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El Desarrollo Integral de la Familia (DIF) Estatal, dio a conocer que durante el año 2022, se recibieron un total de 29 solicitudes de adopción en el estado.

Con base en la información proporcionada por la dependencia estatal, del total de solicitudes recibidas, en Parral no se presentaron ninguna de estas.

Actualmente se encuentran 69 menores asignados en acogimiento pre adoptivo, de los cuales 37 son hombres y 32 mujeres, asimismo hay 917 niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo la tutela pública.

Foto: Pixabay

Según la información expuesta, en el proceso de adopción se debe integrar expediente administrativo, el cual incluye la constancia que acredite la asistencia al curso de capacitación dirigido a las personas solicitantes, impartido por el personal de la Procuraduría o de la Subprocuraduría de Protección Auxiliar correspondiente.

Asimismo, se debe integrar la solicitud de adopción emitida por el DIF Estatal, con copia certificada del acta de nacimiento de las personas solicitantes y, en su caso, de sus descendientes. Para el caso de personas extranjeras residentes en este país, deberán presentar sus actas debidamente apostilladas y traducidas al idioma español.

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En tanto, se debe integrar la copia certificada del acta de matrimonio, constancia de concubinato o certificado de inexistencia de matrimonio expedido por el Registro Civil, en su caso, copia de la Clave Única de Registro de Población, identificación oficial vigente con fotografía, comprobante de domicilio y dos fotografías tamaño credencial.

Biografía personal de cada persona solicitante, desarrollando en mínimo una cuartilla, la narrativa de su historia de vida, gustos, aficiones, pasatiempos, motivación personal para la adopción, entre otros.

Fotografías del domicilio a color y tamaño postal, en donde se deberá apreciar la fachada del inmueble, así como el espacio en que se ubique la sala, cocina, comedor, recámaras, sanitarios.

Constancia de trabajo, especificando puesto que ocupan, actividades que desarrolla, antigüedad y sueldo. Tratándose de negocio propio, deberá ser expedida por persona que cuente con Título de Contador Público incluyendo copia certificada de su cédula profesional y una copia simple de la última declaración de impuestos de quien solicite la adopción, en la que se desprenda su actividad laboral y el ingreso que percibe, así como el tiempo que se lleva realizando dicha actividad.

Currículum vitae, certificado médico expedido por una institución pública, tanto de las personas solicitantes, así como de las personas que vivan con ellas, que contengan los análisis clínicos virales y toxicológicos que acrediten su buen estado de salud, que no padecen enfermedad contagiosa grave y que no tienen una afectividad por el consumo de drogas o estupefacientes.

Tres cartas de recomendación personales, ya sea individual o como pareja, expedidas por personas que no tengan parentesco con las personas solicitantes, las cuales deberán contener nombre, ocupación, domicilio, teléfono y copia de la identificación oficial vigente de quienes suscriben las cartas.

Fotografías a color y tamaño postal de las personas solicitantes con la familia extensa, constancia de antecedentes penales, y carta de no antecedentes policiacos.

Un escrito individual, bajo protesta de decir verdad, en el que se manifieste no haber recibido condena o que se encuentre en proceso civil o familiar por incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, pérdida de derechos derivados de la patria potestad, divorcio bajo las causales de violencia familiar o aquellas que señala la legislación vigente que causaren detrimento grave a la unidad familiar, pues de ser así, se postergará el trámite hasta que se dicte sentencia absolutoria y haya causado estado la misma.

De igual, forma un escrito individual, bajo protesta de decir verdad, en el que se manifieste que no se encuentra en sujeción a un proceso penal por la comisión de algún delito del fuero local o federal, pues de ser así, se postergará el trámite hasta que se dicte sentencia absolutoria y haya causado estado la misma.

Integrado el expediente de las personas solicitantes, se realizará la evaluación psicológica y estudio socioeconómico por parte del personal de la Procuraduría de Protección, correspondiente o de la Subprocuraduría de Protección Auxiliar correspondiente, anexándose los resultados en el expediente.

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La solicitud deberá ser aprobada por un Consejo Técnico

El Consejo Técnico Estatal de Adopciones, analizará los aspectos jurídico, psicológico, social, médico y económico de las personas solicitantes y se les hará una entrevista. Cuando de dicho análisis, se concluya que son idóneas para adoptar y, por lo tanto, pertinente la inserción de una niña, niño o adolescente a su núcleo familiar, el Consejo determinará la procedencia de la solicitud y aprobará el certificado de idoneidad.

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El certificado de idoneidad es un documento expedido por la Procuraduría, previa aprobación del Consejo, o por la Autoridad Central del país de origen de las personas adoptantes, en los casos de adopciones internacionales, en virtud del cual se determina que las personas solicitantes cuentan con las condiciones psicológicas, sociales, médicas y jurídicas adecuadas para la integración de una niña, niño o adolescente en su núcleo familiar a través de la adopción.

Una vez que las personas solicitantes cuenten con el certificado de idoneidad, de acuerdo al perfil del niño, niña o adolescente que la persona interesada en adoptar estableció, se realizará el proceso de asignación por parte del Consejo de Adopciones, en función de los niños y niñas que sean aptos para la adopción por su situación jurídica, social y psicológica para iniciar el periodo de convivencias, adaptabilidad y acogimiento pre-adoptivo.

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