/ domingo 29 de mayo de 2022

Multas de hasta 481 mil por incumplir con pago de utilidades

La multa por incumplimiento puede imponerse por cada empleado afectado por la omisión

Mañana 30 de mayo vence el plazo para que las empresas paguen el reparto de utilidades, de lo contrario pueden ser acreedoras a una multa que va de los 24 mil 055 pesos hasta los 481 mil 100 pesos, según lo establecido por la Ley Federal del Trabajo.

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Se precisa que la multa por incumplimiento en la reglamentación de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU) puede imponerse por cada empleado afectado por la omisión.

Estas sanciones son impuestas por la autoridad laboral después de verificar la irregularidad a través de una inspección. El reclamo de los trabajadores también puede presentarse cuando consideren que el monto recibido es incompleto; aparte, el reparto tardío no exenta de la multa.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) destacó que la pandemia no era justificación para no cumplir con el reparto de utilidades y puntualizó que las empresas que rebasaron los 300 mil pesos en ganancias en su declaración fiscal contaban con cantidad líquida para pagar PTU.

De acuerdo con lo establecido en la legislación federal, los trabajadores que no recibieron reparto de utilidades y la empresa cumplía con los criterios para otorgarlo, tienen un año para hacer exigible el monto correspondiente.

Los colaboradores afectados pueden presentar su queja directamente al área de inspección de trabajo de la STPS al correo electrónico inspeccionfederal@stps.gob.mx.

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Otra vía para reclamar el pago del PTU es acercarse a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría legal a través de los teléfonos (800) 717-2942 y (800) 911-7877 y (55) 5998-2000 en las extensiones 44782 y 44783.

Mañana 30 de mayo vence el plazo para que las empresas paguen el reparto de utilidades, de lo contrario pueden ser acreedoras a una multa que va de los 24 mil 055 pesos hasta los 481 mil 100 pesos, según lo establecido por la Ley Federal del Trabajo.

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Se precisa que la multa por incumplimiento en la reglamentación de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU) puede imponerse por cada empleado afectado por la omisión.

Estas sanciones son impuestas por la autoridad laboral después de verificar la irregularidad a través de una inspección. El reclamo de los trabajadores también puede presentarse cuando consideren que el monto recibido es incompleto; aparte, el reparto tardío no exenta de la multa.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) destacó que la pandemia no era justificación para no cumplir con el reparto de utilidades y puntualizó que las empresas que rebasaron los 300 mil pesos en ganancias en su declaración fiscal contaban con cantidad líquida para pagar PTU.

De acuerdo con lo establecido en la legislación federal, los trabajadores que no recibieron reparto de utilidades y la empresa cumplía con los criterios para otorgarlo, tienen un año para hacer exigible el monto correspondiente.

Los colaboradores afectados pueden presentar su queja directamente al área de inspección de trabajo de la STPS al correo electrónico inspeccionfederal@stps.gob.mx.

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