/ miércoles 17 de junio de 2020

Reforma electoral va contra la violencia de género

También busca también acabar con la discriminación por el color de piel, la cultura, sexo, condición social, económica, de salud o jurídica, la apariencia física, las características genéticas

Haber sido condenado por violencia de género o por incumplir alguna obligación de carácter alimenticio, serán limitantes para acceder a una consejería en el Instituto Estatal Electoral o a una magistratura del Tribunal Estatal Electoral (TEE).

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Como parte del paquete de iniciativas de la reforma electoral, se propuso modificar diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, para excluir de estos espacios en los órganos electorales a quienes hayan incurrido en estas prácticas.

También prevé disminuir de cinco a tres el número de magistrados, para satisfacer los requisitos que establece la ley general en la materia.

La reforma busca también acabar con la discriminación y la violencia motivada por el color de piel, la cultura, sexo, condición social, económica, de salud o jurídica, la apariencia física, las características genéticas, entre otros aspectos que no justifican de forma alguna el ejercicio de actos de discriminación.

Ante la posibilidad de revisar el actuar de las autoridades administrativas, añade el texto, “se garantiza que toda decisión sea constitucional y legal, lo cual contribuye a legitimar el sistema, toda vez que los ciudadanos perciben que los valores democráticos de libertad e igualdad, se materializan a través del pleno respeto de las normas vigentes”.

El decreto plantea reformar los artículos 1, 2, 4, 36, 37 y 39 de la Constitución Política del Estado, enfocados a garantizar también el respeto a los derechos humanos y evitar la discriminación o desigualdad entre mujeres y hombres.

En ese sentido prohíbe toda discriminación y cualquier tipo de violencia por acción u omisión, motivada por origen étnico o nacional, color de la piel, cultura, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica, entre otras.

Considera que todas las personas en Chihuahua tienen derecho a acceder en igualdad de oportunidades y sin discriminación, a los beneficios del desarrollo integral, sostenible y sustentable.

Haber sido condenado por violencia de género o por incumplir alguna obligación de carácter alimenticio, serán limitantes para acceder a una consejería en el Instituto Estatal Electoral o a una magistratura del Tribunal Estatal Electoral (TEE).

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También prevé disminuir de cinco a tres el número de magistrados, para satisfacer los requisitos que establece la ley general en la materia.

La reforma busca también acabar con la discriminación y la violencia motivada por el color de piel, la cultura, sexo, condición social, económica, de salud o jurídica, la apariencia física, las características genéticas, entre otros aspectos que no justifican de forma alguna el ejercicio de actos de discriminación.

Ante la posibilidad de revisar el actuar de las autoridades administrativas, añade el texto, “se garantiza que toda decisión sea constitucional y legal, lo cual contribuye a legitimar el sistema, toda vez que los ciudadanos perciben que los valores democráticos de libertad e igualdad, se materializan a través del pleno respeto de las normas vigentes”.

El decreto plantea reformar los artículos 1, 2, 4, 36, 37 y 39 de la Constitución Política del Estado, enfocados a garantizar también el respeto a los derechos humanos y evitar la discriminación o desigualdad entre mujeres y hombres.

En ese sentido prohíbe toda discriminación y cualquier tipo de violencia por acción u omisión, motivada por origen étnico o nacional, color de la piel, cultura, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica, entre otras.

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