/ lunes 18 de mayo de 2020

Juez rechaza frenar entrada en funciones de nuevas centrales solares y eólicas

El acuerdo plantea atender problemas operativos de despacho de energía eléctrica

El Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, concedió las dos primeras suspensiones provisionales contra el Acuerdo del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) del pasado 29 de abril, que detuvo el acceso de nuevas plantas de energías renovables al Sistema Eléctrico Nacional (SEN).

El acuerdo en cuestión, fue emitido por el Centro Nacional de Control de la Energía (Cenace) y plantea atender problemas operativos de despacho de energía eléctrica surgidos por cambios en el mercado eléctrico atribuibles a la pandemia de Covid-19.

Los amparos fueron interpuestos por las empresa FV Mexsolar XI y otra más, cuyo nombre fue censurado en las listas del juzgado.

El tramite fue hecho el pasado viernes junto con una serie de impugnaciones en contra del acuerdo, al considerar que dicho instrumento podría detener la incorporación de nuevas centrales eólicas y solares, al suspender pruebas pre-operativas en esas instalaciones durante la emergencia sanitaria.

“Conforme al Acuerdo General 8/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal se provee...se admite la demanda de amparo...requiérase a las autoridades responsables su informe con justificación...apercíbaseles en términos de ley...se fijan las diez horas del veintidós de junio de dos mil veinte para que tenga verificativo la audiencia constitucional...ténganse como pruebas, autorizados y domicilio los mencionados...Notifíquese” señala el acuerdo del juez.

De manera específica, es el “Acuerdo para garantizar la eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, con motivo del reconocimiento de la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19)” publicado con fecha del 29 de abril de 2020, en el Área Privada del Sistema de Información de Mercado.

En el quinto apartado se señala que “a partir del 3 de mayo de 2020 quedan suspendidas las pruebas preoperativas de las centrales eléctricas intermitentes eólicas y fotovoltaicas en proceso de operación comercial. Asimismo, para aquellas que no han iniciado, no se autorizarán pruebas preoperativas".

En el quinto apartado se señala que “a partir del 3 de mayo de 2020 quedan suspendidas las pruebas preoperativas de las centrales eléctricas intermitentes eólicas y fotovoltaicas en proceso de operación comercial. Asimismo, para aquellas que no han iniciado, no se autorizarán pruebas preoperativas".

Especialistas del sector afirman que el acuerdo imposibilita la entrada de todas las plantas de energía renovable que iban a entrar en operación, y pone en predicamento a empresas que ya han invertido.

Una de las empresas que interpuso el amparo, es FV Mexsolar-XI, empresa española, que en el municipio de Perote, Veracruz, construye el “Parque Solar Foto Voltaico Perote 2”, en el que se invertirán 150 millones de dólares para generar anualmente 280 mil 257 Mega watts (MWh) de energía eléctrica, que será incorporada a las líneas de transmisión de la Comisión Federal de Electricidad.

El juez especializado acordó para el 22 de mayo si concede suspensiones definitivas, que estarían vigentes todo el tiempo que lleve tramitar el juicio de amparo.

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El Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, concedió las dos primeras suspensiones provisionales contra el Acuerdo del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) del pasado 29 de abril, que detuvo el acceso de nuevas plantas de energías renovables al Sistema Eléctrico Nacional (SEN).

El acuerdo en cuestión, fue emitido por el Centro Nacional de Control de la Energía (Cenace) y plantea atender problemas operativos de despacho de energía eléctrica surgidos por cambios en el mercado eléctrico atribuibles a la pandemia de Covid-19.

Los amparos fueron interpuestos por las empresa FV Mexsolar XI y otra más, cuyo nombre fue censurado en las listas del juzgado.

El tramite fue hecho el pasado viernes junto con una serie de impugnaciones en contra del acuerdo, al considerar que dicho instrumento podría detener la incorporación de nuevas centrales eólicas y solares, al suspender pruebas pre-operativas en esas instalaciones durante la emergencia sanitaria.

“Conforme al Acuerdo General 8/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal se provee...se admite la demanda de amparo...requiérase a las autoridades responsables su informe con justificación...apercíbaseles en términos de ley...se fijan las diez horas del veintidós de junio de dos mil veinte para que tenga verificativo la audiencia constitucional...ténganse como pruebas, autorizados y domicilio los mencionados...Notifíquese” señala el acuerdo del juez.

De manera específica, es el “Acuerdo para garantizar la eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, con motivo del reconocimiento de la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19)” publicado con fecha del 29 de abril de 2020, en el Área Privada del Sistema de Información de Mercado.

En el quinto apartado se señala que “a partir del 3 de mayo de 2020 quedan suspendidas las pruebas preoperativas de las centrales eléctricas intermitentes eólicas y fotovoltaicas en proceso de operación comercial. Asimismo, para aquellas que no han iniciado, no se autorizarán pruebas preoperativas".

En el quinto apartado se señala que “a partir del 3 de mayo de 2020 quedan suspendidas las pruebas preoperativas de las centrales eléctricas intermitentes eólicas y fotovoltaicas en proceso de operación comercial. Asimismo, para aquellas que no han iniciado, no se autorizarán pruebas preoperativas".

Especialistas del sector afirman que el acuerdo imposibilita la entrada de todas las plantas de energía renovable que iban a entrar en operación, y pone en predicamento a empresas que ya han invertido.

Una de las empresas que interpuso el amparo, es FV Mexsolar-XI, empresa española, que en el municipio de Perote, Veracruz, construye el “Parque Solar Foto Voltaico Perote 2”, en el que se invertirán 150 millones de dólares para generar anualmente 280 mil 257 Mega watts (MWh) de energía eléctrica, que será incorporada a las líneas de transmisión de la Comisión Federal de Electricidad.

El juez especializado acordó para el 22 de mayo si concede suspensiones definitivas, que estarían vigentes todo el tiempo que lleve tramitar el juicio de amparo.

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