/ sábado 3 de abril de 2021

Señalan que se deberá respetar la presunción de inocencia de Maru Campos

Dan plazo de seis meses para desahogar la investigación y poder realizar un juicio

Chihuahua, Chih.- Tras 42 horas de audiencia, el juez Samuel Uriel Mendoza dictó auto de vinculación a proceso en contra de la candidata del PAN por la gubernatura, María Eugenia C. G., dando un plazo de seis meses para desahogar la investigación y poder realizar un juicio; asimismo se determinó que se deberá respetar la presunción de inocencia, por lo que no se verán afectados sus derechos políticos electorales.

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Durante la maratónica audiencia de vinculación a proceso, la agente del Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado, Beatriz Aréchiga, presentó una serie de documentos, fichas de depósitos y varios testimonios, para señalar a los ex diputados locales María Eugenia C., María A. y Rodrigo D. R. como probables responsables de haber recibido dinero de forma ilegal por parte del exgobernador César Duarte, en lo que se le conoce como la “nómina secreta”.

Posteriormente el juez determinó que la vinculación era procedente por su presunta participación en el delito de cohecho pasivo.

“Quiero dejarles muy claro que esa vinculación no es una sentencia, por lo que entraremos con mucha fuerza a la campaña electoral”, dijo la alcaldesa con licencia en rueda de prensa celebrada minutos después de la audiencia. De igual forma pidió a los chihuahuenses no dejarse engañar por la falsa información difundida por sus detractores, pues explicó que la vinculación no representa una sentencia en su contra ni significa que se le haya encontrado culpable.

Sobre este tema, el abogado penalista Heliodoro Araiza explicó que en el artículo 38 fracción II de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los derechos del ciudadano se suspenden por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a partir de la emisión del auto de formal prisión.

Por su parte, en el artículo 23 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua se establece que se suspenderán los derechos ciudadanos (incluyendo los derechos políticos electorales) de una persona, por estar procesada criminalmente, desde el auto de vinculación a proceso, o declaración de haber lugar a formación de causa contra los individuos aforados hasta que se dicte sentencia absolutoria o se extinga la condena.

Araiza Reyes detalló que dentro del artículo 38 constitucional existe una interpretación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se establece que lo único que suspende los derechos políticos es la sentencia condenatoria, motivo por el cual la parte defensora de María Eugenia C. G. argumenta que pueden continuar con la campaña electoral.

Agregó que en caso de que el tema llegara hasta al SCJN, existe la posibilidad de que al analizar la situación, los ministros puedan cambiar de criterio, sobre todo actualmente en donde los ministros que integran la Corte tienen inclinaciones políticas muy proclives a la Cuarta Transformación.

En este sentido subrayó que existen dos posibles escenarios en donde la presidente municipal con licencia podría verse afectada en sus aspiraciones, el primero de ellos podría darse al momento en que el IEE vaya a validar el registro de la candidatura, y el segundo podría darse una vez concluida la contienda y en dado caso que llegara a ganar, podría presentarse una ilegibilidad por parte de la Suprema Corte, al determinar que durante la elección tenía suspendidos los derechos políticos.

Mencionó que en caso de que llegara a ser gobernadora, el titular de la FGE, aunque es propuesto por el Ejecutivo estatal, debe ser avalado por el Congreso del Estado, por lo que dijo que en el panorama electoral actual, Morena tiene posibilidades de obtener mayoría de diputados locales y podrían avalar a un fiscal que pueda solicitar a la Cámara de Diputados un proceso de desafuero, pero comentó que éste sería un caso más lejano.

Otro abogado consultado por El Heraldo de Chihuahua fue Alejandro Domínguez, quien coincidió en que desde el punto de vista jurídico, tras ser vinculada a proceso, el artículo 23 de la Constitución local podría suspender los derechos políticos de María Eugenia.

En torno a la resolución de las autoridades electorales de los tribunales federales, que señalan que no es procedente la suspensión de los derechos mientras no exista una sentencia condenatoria, el jurista manifestó que si bien puede ser controvertido, no está nada definido aún.

Resaltó que existe también la posibilidad de que por motivo de la existencia de conflicto de intereses, se podría invalidar su candidatura, debido a que en el caso de la candidata del PAN, quien aspira a la gubernatura, esto podría representar conflicto de interés por el hecho de que en caso de ganar la elección, estaría asumiendo como jefa de la persona que sea designada como titular de la Fiscalía General del Estado, ya que ésta carece de autonomía.

Esto le daría la oportunidad de controlar o manipular las investigaciones que se realizan en su contra y poder intervenir directamente en lo que resta del proceso judicial que enfrenta; destacó asimismo que cualquier ciudadano o partido político puede plantear la queja ante el órgano electoral.

Chihuahua, Chih.- Tras 42 horas de audiencia, el juez Samuel Uriel Mendoza dictó auto de vinculación a proceso en contra de la candidata del PAN por la gubernatura, María Eugenia C. G., dando un plazo de seis meses para desahogar la investigación y poder realizar un juicio; asimismo se determinó que se deberá respetar la presunción de inocencia, por lo que no se verán afectados sus derechos políticos electorales.

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Durante la maratónica audiencia de vinculación a proceso, la agente del Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado, Beatriz Aréchiga, presentó una serie de documentos, fichas de depósitos y varios testimonios, para señalar a los ex diputados locales María Eugenia C., María A. y Rodrigo D. R. como probables responsables de haber recibido dinero de forma ilegal por parte del exgobernador César Duarte, en lo que se le conoce como la “nómina secreta”.

Posteriormente el juez determinó que la vinculación era procedente por su presunta participación en el delito de cohecho pasivo.

“Quiero dejarles muy claro que esa vinculación no es una sentencia, por lo que entraremos con mucha fuerza a la campaña electoral”, dijo la alcaldesa con licencia en rueda de prensa celebrada minutos después de la audiencia. De igual forma pidió a los chihuahuenses no dejarse engañar por la falsa información difundida por sus detractores, pues explicó que la vinculación no representa una sentencia en su contra ni significa que se le haya encontrado culpable.

Sobre este tema, el abogado penalista Heliodoro Araiza explicó que en el artículo 38 fracción II de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los derechos del ciudadano se suspenden por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a partir de la emisión del auto de formal prisión.

Por su parte, en el artículo 23 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua se establece que se suspenderán los derechos ciudadanos (incluyendo los derechos políticos electorales) de una persona, por estar procesada criminalmente, desde el auto de vinculación a proceso, o declaración de haber lugar a formación de causa contra los individuos aforados hasta que se dicte sentencia absolutoria o se extinga la condena.

Araiza Reyes detalló que dentro del artículo 38 constitucional existe una interpretación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se establece que lo único que suspende los derechos políticos es la sentencia condenatoria, motivo por el cual la parte defensora de María Eugenia C. G. argumenta que pueden continuar con la campaña electoral.

Agregó que en caso de que el tema llegara hasta al SCJN, existe la posibilidad de que al analizar la situación, los ministros puedan cambiar de criterio, sobre todo actualmente en donde los ministros que integran la Corte tienen inclinaciones políticas muy proclives a la Cuarta Transformación.

En este sentido subrayó que existen dos posibles escenarios en donde la presidente municipal con licencia podría verse afectada en sus aspiraciones, el primero de ellos podría darse al momento en que el IEE vaya a validar el registro de la candidatura, y el segundo podría darse una vez concluida la contienda y en dado caso que llegara a ganar, podría presentarse una ilegibilidad por parte de la Suprema Corte, al determinar que durante la elección tenía suspendidos los derechos políticos.

Mencionó que en caso de que llegara a ser gobernadora, el titular de la FGE, aunque es propuesto por el Ejecutivo estatal, debe ser avalado por el Congreso del Estado, por lo que dijo que en el panorama electoral actual, Morena tiene posibilidades de obtener mayoría de diputados locales y podrían avalar a un fiscal que pueda solicitar a la Cámara de Diputados un proceso de desafuero, pero comentó que éste sería un caso más lejano.

Otro abogado consultado por El Heraldo de Chihuahua fue Alejandro Domínguez, quien coincidió en que desde el punto de vista jurídico, tras ser vinculada a proceso, el artículo 23 de la Constitución local podría suspender los derechos políticos de María Eugenia.

En torno a la resolución de las autoridades electorales de los tribunales federales, que señalan que no es procedente la suspensión de los derechos mientras no exista una sentencia condenatoria, el jurista manifestó que si bien puede ser controvertido, no está nada definido aún.

Resaltó que existe también la posibilidad de que por motivo de la existencia de conflicto de intereses, se podría invalidar su candidatura, debido a que en el caso de la candidata del PAN, quien aspira a la gubernatura, esto podría representar conflicto de interés por el hecho de que en caso de ganar la elección, estaría asumiendo como jefa de la persona que sea designada como titular de la Fiscalía General del Estado, ya que ésta carece de autonomía.

Esto le daría la oportunidad de controlar o manipular las investigaciones que se realizan en su contra y poder intervenir directamente en lo que resta del proceso judicial que enfrenta; destacó asimismo que cualquier ciudadano o partido político puede plantear la queja ante el órgano electoral.

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