/ miércoles 22 de enero de 2020

Piden reglamentar la reforma a Ley de Vialidad y Tránsito

Para garantizar su aplicación y dar cumplimiento al Estado de Derecho

El diputado Omar Bazán Flores presentó una iniciativa de ley para reformar la Ley de Vialidad y Tránsito a fin de que sea reglamentada en los municipios que corresponda en un lapso de 30 días para garantizar su aplicación y dar cumplimiento al Estado de Derecho.

Con la adición de un segundo y tercer artículo transitorios al decreto publicado el pasado 15 de enero para “dar vigencia al principio de legalidad en los municipios”, indicó el también dirigente estatal del PRI.

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De esta manera, la iniciativa de decreto que propuso el diputado Bazán Flores, quedaría de la siguiente manera:

ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona el artículo segundo y tercero Transitorio al Decreto No. LXVI/RFLEY/0617/2019 I P.O. que recae sobre una reforma a la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua, para quedar redactado de la siguiente manera

TRANSITORIOS:

ARTÍCULO PRIMERO. - El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

ARTÍCULO SEGUNDO. - Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

ARTÍCULO TERCERO. - El Poder Ejecutivo Estatal y los Municipios deberán expedir las adecuaciones a los Reglamentos de la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua, dentro de los treinta días posteriores a que el presente Decreto entre en vigor.

Recordó que mediante Decreto No. LXVI/RFLEY/0617/2019 I P.O. en fecha 19 de diciembre del año pasado, el pleno del Congreso aprobó reforma a diversas disposiciones de la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua, mismo que fue publicado en fecha 15 de enero del presente año, en el Periódico Oficial del Estado.

Si bien el artículo 21 Constitucional establece que los municipios tendrán a su cargo las funciones seguridad pública y tránsito, no los exime de observar lo dispuesto por las leyes federales y estatales.

Sin perjuicio de su competencia constitucional, en el desempeño de las funciones o la prestación de los servicios a su cargo, los municipios observarán lo dispuesto por las leyes federales y estatales, reiteró.

Por ello se hace necesario agregar el transitorio al decreto de fecha 19 de diciembre, concluyó.

El diputado Omar Bazán Flores presentó una iniciativa de ley para reformar la Ley de Vialidad y Tránsito a fin de que sea reglamentada en los municipios que corresponda en un lapso de 30 días para garantizar su aplicación y dar cumplimiento al Estado de Derecho.

Con la adición de un segundo y tercer artículo transitorios al decreto publicado el pasado 15 de enero para “dar vigencia al principio de legalidad en los municipios”, indicó el también dirigente estatal del PRI.

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De esta manera, la iniciativa de decreto que propuso el diputado Bazán Flores, quedaría de la siguiente manera:

ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona el artículo segundo y tercero Transitorio al Decreto No. LXVI/RFLEY/0617/2019 I P.O. que recae sobre una reforma a la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua, para quedar redactado de la siguiente manera

TRANSITORIOS:

ARTÍCULO PRIMERO. - El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

ARTÍCULO SEGUNDO. - Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

ARTÍCULO TERCERO. - El Poder Ejecutivo Estatal y los Municipios deberán expedir las adecuaciones a los Reglamentos de la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua, dentro de los treinta días posteriores a que el presente Decreto entre en vigor.

Recordó que mediante Decreto No. LXVI/RFLEY/0617/2019 I P.O. en fecha 19 de diciembre del año pasado, el pleno del Congreso aprobó reforma a diversas disposiciones de la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua, mismo que fue publicado en fecha 15 de enero del presente año, en el Periódico Oficial del Estado.

Si bien el artículo 21 Constitucional establece que los municipios tendrán a su cargo las funciones seguridad pública y tránsito, no los exime de observar lo dispuesto por las leyes federales y estatales.

Sin perjuicio de su competencia constitucional, en el desempeño de las funciones o la prestación de los servicios a su cargo, los municipios observarán lo dispuesto por las leyes federales y estatales, reiteró.

Por ello se hace necesario agregar el transitorio al decreto de fecha 19 de diciembre, concluyó.

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