/ lunes 29 de noviembre de 2021

Multarán con ocho mil pesos por vender pirotecnia ilegalmente

De acuerdo a la Ley Federal las sanciones pueden alcanzar hasta los seis meses de cárcel

Multas de ocho mil pesos y hasta seis meses de cárcel para quien comercialice sin los permisos necesarios los denominados juegos pirotécnicos, esto de acuerdo a la ley Federal en esta materia, ya que las personas que se dedican a la venta de estos artificios explosivos deben de solicitar licencias para su uso, venta, distribución y hasta almacenamiento.

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Como es costumbre en la ciudad, al llegar las épocas decembrinas, también llega la venta ilegal de pirotecnia, diversos comercios aprovechan el interés de las personas, sobre todo de infantes, en estos artículos explosivos los cuales tienen regularización por parte de la federación.

Lo anterior, es establecido en la ley Federal de Pirotecnia, la cual a su vez forma parte de la Ley de Uso de Armas de Fuego y Explosivos, donde se mencionan las especificaciones para permisos, uso y traslado de estos juegos pirotécnicos.

Según lo marca el artículo 67 de la mencionada ley, las sanciones por fabricar, poseer y vender sin permisos, pueden ascender desde un mes hasta dos años de prisión y de 50 a 200 días de salario mínimo vigente; es decir, que podrían alcanzar estas multas hasta los ocho mil pesos dependiendo los UMAs vigentes.

Cabe recordar que este tipo de artilugios son peligrosos si no son usados de la manera adecuada y por ello Protección Civil se mantiene exhortando a la ciudadanía para que evite esta práctica además de que son los encargados de sancionar y vigilar que el uso de los mismos sea dentro de la legalidad y con las medidas de protección.

Multas de ocho mil pesos y hasta seis meses de cárcel para quien comercialice sin los permisos necesarios los denominados juegos pirotécnicos, esto de acuerdo a la ley Federal en esta materia, ya que las personas que se dedican a la venta de estos artificios explosivos deben de solicitar licencias para su uso, venta, distribución y hasta almacenamiento.

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Según lo marca el artículo 67 de la mencionada ley, las sanciones por fabricar, poseer y vender sin permisos, pueden ascender desde un mes hasta dos años de prisión y de 50 a 200 días de salario mínimo vigente; es decir, que podrían alcanzar estas multas hasta los ocho mil pesos dependiendo los UMAs vigentes.

Cabe recordar que este tipo de artilugios son peligrosos si no son usados de la manera adecuada y por ello Protección Civil se mantiene exhortando a la ciudadanía para que evite esta práctica además de que son los encargados de sancionar y vigilar que el uso de los mismos sea dentro de la legalidad y con las medidas de protección.

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