/ domingo 5 de diciembre de 2021

Destruirá el IEE 90 toneladas de documentos electorales

El material corresponde a lo utilizado en 5,500 casillas distribuidas en los 67 municipios del estado

El Instituto Estatal Electoral de Chihuahua estima destruir aproximadamente 90 toneladas de papel, entre boletas y documentos utilizados en el Proceso Electoral 2020-2021, en un periodo de cuarenta y cinco días.

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El material electoral corresponde a lo utilizado en 5,500 casillas que estuvieron distribuidas en los 67 municipios del estado, a donde la ciudadanía chihuahuense acudió a emitir su voto.

En presencia de la consejera presidenta del IEE, Yanko Durán Prieto, así como consejeras y consejeros electorales; el pasado 02 de diciembre, iniciaron los trabajos de destrucción, cuya logística es la siguiente: Cargar los vehículos con las cajas de documentación electoral a destruir; colocar sellos en las cajas que deberán estar firmados por las personas presentes en el acto; llenar el formato del control de material para destrucción; asentar en un acta circunstanciada la fecha y hora de salida del vehículo de la bodega a la empresa encargada de realizar la destrucción, las placas del vehículo, chofer, y total de cajas por vehículo; trasladar los paquetes a la empresa recicladora; asentar en el acta circunstanciada la fecha y hora de llegada del vehículo a la empresa recicladora, las placas del vehículo, chofer, total de cajas por vehículo, peso de la documentación a destruir, así como los detalles de la destrucción; solicitar a la empresa recicladora el comprobante de entrada del vehículo; realizar reportes de avances para el Consejo Estatal de destrucción de la documentación electoral, conforme se desarrolle la actividad, que está a cargo de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral del IEE.

El procedimiento de la destrucción se hace con el objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 66 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, que dice que, una vez concluido el proceso electoral y más tardar el mes de enero del año siguiente, se deberá destruir los documentos utilizados y sobrantes de la elección; así como clasificar la documentación a conservar para los expedientes electorales.

En ese sentido, conforme lo dispuesto por el acuerdo de clave IEE/CE273/2021, emitido por el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral, por el que se aprobó la apertura de la bodega electoral y se autorizó la destrucción de la documentación utilizada en el Proceso Electoral Local 2020-2021, se advierte que la documentación a conservar será la siguiente:

  • Actas de la Jornada Electoral;

  • Hojas de incidentes;

  • Constancias de clausura y recibo de copia legible;

  • Acta de Escrutinio y Cómputo;

  • Relación de ciudadanos que no se les permitió votar por no encontrarse en la lista nominal;

  • Actas de Electores en Tránsito; y

  • Escritos de Protesta.

Ahora bien, de acuerdo a lo establecido en el artículo 434 del Reglamento de Elecciones, la documentación a destruir será la siguiente:

  • Votos válidos.

  • Votos nulos.

  • Boletas sobrantes.

  • Boletas inutilizadas durante el conteo, sellado y agrupamiento.

  • Toda documentación electoral, distinta a la anterior, utilizada o sobrante del proceso electoral respectivo.

  • Archivo y documentación generada por las asambleas municipales, sin trascendencia documental.

En caso de encontrar dentro de los paquetes electorales documentos y materiales como cuadernillos de la Lista Nominal de Electorales, aplicadores de tinta indeleble, marcadoras de credenciales, actas de registro de personas con discapacidad que acuden a votar, mismas que deberán entregarse a la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral para su resguardo.

El Instituto Estatal Electoral de Chihuahua estima destruir aproximadamente 90 toneladas de papel, entre boletas y documentos utilizados en el Proceso Electoral 2020-2021, en un periodo de cuarenta y cinco días.

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El material electoral corresponde a lo utilizado en 5,500 casillas que estuvieron distribuidas en los 67 municipios del estado, a donde la ciudadanía chihuahuense acudió a emitir su voto.

En presencia de la consejera presidenta del IEE, Yanko Durán Prieto, así como consejeras y consejeros electorales; el pasado 02 de diciembre, iniciaron los trabajos de destrucción, cuya logística es la siguiente: Cargar los vehículos con las cajas de documentación electoral a destruir; colocar sellos en las cajas que deberán estar firmados por las personas presentes en el acto; llenar el formato del control de material para destrucción; asentar en un acta circunstanciada la fecha y hora de salida del vehículo de la bodega a la empresa encargada de realizar la destrucción, las placas del vehículo, chofer, y total de cajas por vehículo; trasladar los paquetes a la empresa recicladora; asentar en el acta circunstanciada la fecha y hora de llegada del vehículo a la empresa recicladora, las placas del vehículo, chofer, total de cajas por vehículo, peso de la documentación a destruir, así como los detalles de la destrucción; solicitar a la empresa recicladora el comprobante de entrada del vehículo; realizar reportes de avances para el Consejo Estatal de destrucción de la documentación electoral, conforme se desarrolle la actividad, que está a cargo de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral del IEE.

El procedimiento de la destrucción se hace con el objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 66 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, que dice que, una vez concluido el proceso electoral y más tardar el mes de enero del año siguiente, se deberá destruir los documentos utilizados y sobrantes de la elección; así como clasificar la documentación a conservar para los expedientes electorales.

En ese sentido, conforme lo dispuesto por el acuerdo de clave IEE/CE273/2021, emitido por el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral, por el que se aprobó la apertura de la bodega electoral y se autorizó la destrucción de la documentación utilizada en el Proceso Electoral Local 2020-2021, se advierte que la documentación a conservar será la siguiente:

  • Actas de la Jornada Electoral;

  • Hojas de incidentes;

  • Constancias de clausura y recibo de copia legible;

  • Acta de Escrutinio y Cómputo;

  • Relación de ciudadanos que no se les permitió votar por no encontrarse en la lista nominal;

  • Actas de Electores en Tránsito; y

  • Escritos de Protesta.

Ahora bien, de acuerdo a lo establecido en el artículo 434 del Reglamento de Elecciones, la documentación a destruir será la siguiente:

  • Votos válidos.

  • Votos nulos.

  • Boletas sobrantes.

  • Boletas inutilizadas durante el conteo, sellado y agrupamiento.

  • Toda documentación electoral, distinta a la anterior, utilizada o sobrante del proceso electoral respectivo.

  • Archivo y documentación generada por las asambleas municipales, sin trascendencia documental.

En caso de encontrar dentro de los paquetes electorales documentos y materiales como cuadernillos de la Lista Nominal de Electorales, aplicadores de tinta indeleble, marcadoras de credenciales, actas de registro de personas con discapacidad que acuden a votar, mismas que deberán entregarse a la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral para su resguardo.

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