/ jueves 24 de marzo de 2022

Amplían prórroga de convocatoria "Fomento Agrícola"

Serán elegibles los productores que se dediquen o deseen reconvertir sus predios a la fruticultura: Secretaría de Desarrollo

El Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Desarrollo amplía la prórroga de la convocatoria “Fomento Agrícola”, con el objetivo de impactar benéficamente a este sector y dar pie a la creación de huertos productivos para el fortalecimiento a las unidades de producción frutícola, para mejorar la competitividad en los mercados nacionales e internacionales.

Mediante el programa de fomento agrícola, se busca incrementar la producción frutícola con base en los ciclos de producción y condiciones climatológicas de cada región. Serán elegibles para obtener los apoyos de componente las y los productores de nuestro estado, que preferentemente se dediquen o deseen reconvertir sus predios a la fruticultura.

¿Cuáles son los requisitos para participar en la convocatoria?

Personas físicas:

> Ser mayor de edad

> Solicitud de apoyo (anexo A)

> Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del Servicio Militar Nacional, Cédula Profesional, licencia de conducir, matrícula consular, credencial del INAPAM vigente, constancia de identidad expedida por la Presidencia Municipal correspondiente);

> CURP; en casos en que la identificación contenga CURP, no será necesario presentar esta;

> Comprobante de domicilio de quien solicita (recibo de luz, teléfono, predial, agua), o constancia de residencia expedida por el ayuntamiento que corresponda, cuya vigencia no podrá exceder de seis meses anteriores s la fecha de su presentación de su solicitud de apoyo.

>Constancia de propiedad posesión del predio agrícola (escritura pública, título de propiedad, certificado parcelario o bien el contrato de arrendamiento o comodato en su caso, constancia de posesión emitida por el comisariado ejidal, así como constancia de posesión suscrita por el Gobernador Indígena) los requisitos legales que establezcan las leyes en la materia.

En caso de que la persona física este representada, la o el mandatario y/o la o el apoderado legal deberá cumplir, además, con los siguientes requisitos documentales:

> Poder o carta poder para gestión de apoyos (ratificada ante la o el Fedatario Público);

> Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del Servicio Militar Nacional, cédula profesional, licencia de conducir, matrícula consular, credencial del INAPAM vigente, constancia de identidad expedida por la Presidencia Municipal correspondiente);

> CURP; y Comprobante de domicilio (recibo de luz, teléfono, predial, agua), cuya vigencia no podrá exceder de seis meses anteriores a la fecha de presentación de su solicitud de apoyo.


Personas morales

> Acta de asamblea constitutiva, así como el acta de asamblea en la que conste la designación de la persona o personas que ostenten la representación legal, con la lista de asistencia y de firmas, ambos instrumentos deberán estar debidamente protocolizados ente la o el Notario Público e inscritos en el Registro Publico de la Propiedad correspondiente;

> Identificación oficial vigente y CURP de la persona que se ostente como representante legal;

> Comprobante de domicilio de quien solicita (recibo de luz, teléfono, predial, agua, entre otros), o constancia de residencia expedida por el ayuntamiento que corresponda, cuya vigencia no podrá exceder de seis meses anteriores a la fecha de presentación de su solicitud de apoyo.

> Acreditación de predio, mediante constancia de propiedad o posesión (escritura pública, título de propiedad, o bien el contrato de arrendamiento o comodato en su caso), mismas que para su validez deberán cumplir con los requisitos que establezcan las leyes en la materia.

En todos los casos, la persona solicitante deberá firmar el Aviso de Privacidad (anexo B) e incorporarlo a la documentación que se acompañe a la solicitud.

Foto: Eduardo Villalobos | El Sol de Parral

Registro

Las personas solicitantes deberan relizar los trámites de registro en las fechas y lugares que para tal efecto establezca la Secretaría de Desarrollo Rural del poder Ejecutivo del Estado, presentando la documentación establecida en las Reglas de Operación las cuales pueden consultar en la pagina: http://www.chihuahua.gob.mx/info/programas/de/la/secretaria/de/desarrollo/rural

El Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Desarrollo amplía la prórroga de la convocatoria “Fomento Agrícola”, con el objetivo de impactar benéficamente a este sector y dar pie a la creación de huertos productivos para el fortalecimiento a las unidades de producción frutícola, para mejorar la competitividad en los mercados nacionales e internacionales.

Mediante el programa de fomento agrícola, se busca incrementar la producción frutícola con base en los ciclos de producción y condiciones climatológicas de cada región. Serán elegibles para obtener los apoyos de componente las y los productores de nuestro estado, que preferentemente se dediquen o deseen reconvertir sus predios a la fruticultura.

¿Cuáles son los requisitos para participar en la convocatoria?

Personas físicas:

> Ser mayor de edad

> Solicitud de apoyo (anexo A)

> Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del Servicio Militar Nacional, Cédula Profesional, licencia de conducir, matrícula consular, credencial del INAPAM vigente, constancia de identidad expedida por la Presidencia Municipal correspondiente);

> CURP; en casos en que la identificación contenga CURP, no será necesario presentar esta;

> Comprobante de domicilio de quien solicita (recibo de luz, teléfono, predial, agua), o constancia de residencia expedida por el ayuntamiento que corresponda, cuya vigencia no podrá exceder de seis meses anteriores s la fecha de su presentación de su solicitud de apoyo.

>Constancia de propiedad posesión del predio agrícola (escritura pública, título de propiedad, certificado parcelario o bien el contrato de arrendamiento o comodato en su caso, constancia de posesión emitida por el comisariado ejidal, así como constancia de posesión suscrita por el Gobernador Indígena) los requisitos legales que establezcan las leyes en la materia.

En caso de que la persona física este representada, la o el mandatario y/o la o el apoderado legal deberá cumplir, además, con los siguientes requisitos documentales:

> Poder o carta poder para gestión de apoyos (ratificada ante la o el Fedatario Público);

> Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del Servicio Militar Nacional, cédula profesional, licencia de conducir, matrícula consular, credencial del INAPAM vigente, constancia de identidad expedida por la Presidencia Municipal correspondiente);

> CURP; y Comprobante de domicilio (recibo de luz, teléfono, predial, agua), cuya vigencia no podrá exceder de seis meses anteriores a la fecha de presentación de su solicitud de apoyo.


Personas morales

> Acta de asamblea constitutiva, así como el acta de asamblea en la que conste la designación de la persona o personas que ostenten la representación legal, con la lista de asistencia y de firmas, ambos instrumentos deberán estar debidamente protocolizados ente la o el Notario Público e inscritos en el Registro Publico de la Propiedad correspondiente;

> Identificación oficial vigente y CURP de la persona que se ostente como representante legal;

> Comprobante de domicilio de quien solicita (recibo de luz, teléfono, predial, agua, entre otros), o constancia de residencia expedida por el ayuntamiento que corresponda, cuya vigencia no podrá exceder de seis meses anteriores a la fecha de presentación de su solicitud de apoyo.

> Acreditación de predio, mediante constancia de propiedad o posesión (escritura pública, título de propiedad, o bien el contrato de arrendamiento o comodato en su caso), mismas que para su validez deberán cumplir con los requisitos que establezcan las leyes en la materia.

En todos los casos, la persona solicitante deberá firmar el Aviso de Privacidad (anexo B) e incorporarlo a la documentación que se acompañe a la solicitud.

Foto: Eduardo Villalobos | El Sol de Parral

Registro

Las personas solicitantes deberan relizar los trámites de registro en las fechas y lugares que para tal efecto establezca la Secretaría de Desarrollo Rural del poder Ejecutivo del Estado, presentando la documentación establecida en las Reglas de Operación las cuales pueden consultar en la pagina: http://www.chihuahua.gob.mx/info/programas/de/la/secretaria/de/desarrollo/rural

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