/ lunes 1 de junio de 2020

Hasta 10 años de prisión por violar confinamiento ambulatorio por Covid-19

Debido a que, al parecer pacientes diagnosticados con el virus, no han respetado el aislamiento domiciliario y ponen en riesgo la salud de los demás, se ha llegado al acuerdo de aplicar severas sansiones

Sanciones de seis meses a diez años de prisión a quienes rompan el confinamiento domiciliario y cuenten con el virus del Covid-19. Según el artículo 157 del Código Penal del Estado de Chihuahua, a quien sepa que cuenta con Coronavirus y se le haya ordenado permanecer en aislamiento y este no cumpla, será puesto a disposición de la Fiscalía General del Estado por el delito de Peligro de Contagio.

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Luego de que existiera incertidumbre en la población, de que las personas que están diagnosticadas con el virus del Covid-19 no estuvieran respetando el confinamiento domiciliario, la Secretaría de Salud del Estado, dio a conocer que existen sanciones que se rigen según el Código Penal del Estado de Chihuahua para las personas que aun y cuando conocen de su actual situación de salud, salgan y pongan en riesgo a otras personas.

Según comentó la Doctora Mirna Beltran, es de recordar la corresponsabilidad que se tiene como persona, en el momento en el que se diagnostican con alguna enfermedad que pone en riesgo tanto nuestra vida como la de los demás.

Sin embargo, si ante ello, el paciente omite los señalamientos de confinamiento domiciliario y pone en riesgo la vida de los demás, podrá y será puesto a disposición de la Fiscalia General del Estado.

Lo anterior, en base a lo indicado en el Código Penal del Estado de Chihuahua en el Titulo Tercero, Delitos de Peligro para la vida o la salud de las personas, capitulo II Artículo 157 señala que; A quien sabiendo que padece una enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio a otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, siempre y cuando la víctima no tenga conocimiento de esa circunstancia, se le impondrán prisión de seis meses a cuatro años y de cincuenta a trescientos días multa. Si la enfermedad padecida fuera incurable, o la víctima fuera la pareja habitual, se impondrán prisión de seis meses a diez años y de quinientos a dos mil días multa. Este delito se perseguirá previa querella.

Por ello, exhortó a la ciudadanía a que si alguien permanece en confinamiento domiciliario debido a que padece de Covid-19, se mantenga en esa situación, ya que podría ser acreedor a una sanción.

Sanciones de seis meses a diez años de prisión a quienes rompan el confinamiento domiciliario y cuenten con el virus del Covid-19. Según el artículo 157 del Código Penal del Estado de Chihuahua, a quien sepa que cuenta con Coronavirus y se le haya ordenado permanecer en aislamiento y este no cumpla, será puesto a disposición de la Fiscalía General del Estado por el delito de Peligro de Contagio.

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Luego de que existiera incertidumbre en la población, de que las personas que están diagnosticadas con el virus del Covid-19 no estuvieran respetando el confinamiento domiciliario, la Secretaría de Salud del Estado, dio a conocer que existen sanciones que se rigen según el Código Penal del Estado de Chihuahua para las personas que aun y cuando conocen de su actual situación de salud, salgan y pongan en riesgo a otras personas.

Según comentó la Doctora Mirna Beltran, es de recordar la corresponsabilidad que se tiene como persona, en el momento en el que se diagnostican con alguna enfermedad que pone en riesgo tanto nuestra vida como la de los demás.

Sin embargo, si ante ello, el paciente omite los señalamientos de confinamiento domiciliario y pone en riesgo la vida de los demás, podrá y será puesto a disposición de la Fiscalia General del Estado.

Lo anterior, en base a lo indicado en el Código Penal del Estado de Chihuahua en el Titulo Tercero, Delitos de Peligro para la vida o la salud de las personas, capitulo II Artículo 157 señala que; A quien sabiendo que padece una enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio a otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, siempre y cuando la víctima no tenga conocimiento de esa circunstancia, se le impondrán prisión de seis meses a cuatro años y de cincuenta a trescientos días multa. Si la enfermedad padecida fuera incurable, o la víctima fuera la pareja habitual, se impondrán prisión de seis meses a diez años y de quinientos a dos mil días multa. Este delito se perseguirá previa querella.

Por ello, exhortó a la ciudadanía a que si alguien permanece en confinamiento domiciliario debido a que padece de Covid-19, se mantenga en esa situación, ya que podría ser acreedor a una sanción.

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