Un total de 155 esposos de trabajadoras, tienen el servicio de Pensiones Civiles del Estado, ya que han cumplido con los requisitos entre los que se encuentran principalmente, inscripción de persona física sin actividad económica o constancia de situación fiscal ante el SAT, certificado de inexistencia o existencia de propiedades a nombre del esposo en el Registro Público de la Propiedad y constancia de no vigencia de afiliación en el IMSS, ISSSTE o Ichisal.
Los esposos o concubinos de 155 afiliadas de Parral, con base a cumplir con los documentos han sido incluidos en los beneficios de contar con el servicio médico de Pensiones Civiles del Estado, aún y que son requisitos y trámites muy meticulosos, para poder acceder a los mismos, mencionó Sarahy Leyva.
La vocera de pensiones, expresó que siempre ha existido en la ley el poder afiliar a los esposos, pero son trámites muy minuciosos para ser aceptados ya que el cónyuge, cuando sufre incapacidad total permanente y no esté recibiendo indemnización por ello, o sea mayor de 55 años de edad y no perciba cuando menos el salario mínimo general fijado para la zona económica en que resida; es candidato.
En este sentido, en cuanto a que hay hombres que están afiliados al servicio médico, si los hay, pero solamente que estén en las hipótesis que establece el reglamento de servicio médico, según él contestó pensiones el que no cumple con los requisitos: “No se acreditan a razón por la cual se determina que es improcedente la solicitud presentada, y en consecuencia, no es factible la inclusión”.
Así mismo señaló que los requisitos son: original del acta de nacimiento de la asegurada, copia del último comprobante de pago de la asegurada, original del acta de nacimiento del esposo, original del acta de matrimonia con (6 meses de expedición), copias de la credencial de elector de asegurada y esposo, Inscripción de persona física sin actividad económica o constancia de situación fiscal ante el SAT, copia del CURP del esposo en nuevo formato, original del certificado de inexistencia o existencia de propiedades a nombre del esposo en el registro público de la propiedad y constancia de no vigencia de afiliación en el IMSS, ISSSTE o Ichisal.
Por su parte el diputado local, Arturo Parga, dijo este derecho de poder afiliar a los esposos las derechohabientes de pensiones Civiles, siempre ha existido, siempre y cuando ellos comprueben la dependencia, el desconoce los procedimientos si es que hay nuevos en pensiones para la afiliación, lo que sí aseguro es que esta institución está pasando por una cuestión económica muy complicada.
En este sentido aseveró que esto claro que genera más gastos, pero la salud es insustituible, están en todo el derecho de meter a sus cónyuges, porque si algo debe priorizar el estado es precisamente en el bienestar de la salud, por encima de todas las cosas.
Para culminar, el diputado apoya que ingresen, así mismo espera que Pensiones Civiles del Estado pueda lograr solvencia económica, para que preste el servicio como tiene acostumbrado a los derechohabientes.