/ jueves 30 de enero de 2020

A criterio de tránsitos recoger o no documentos a infractores

Agentes siguen trabajando de la misma manera que antes de la nueva Ley de Vialidad: Comunicación Social

A criterio, elementos de Tránsito y Vialidad realizan las retenciones de documentos vehiculares. Según mencionó el personal interno de la corporación, los altos mandos de Seguridad Pública Municipal no han dado indicaciones de que el personal en turno, no haga la retención de documentos, y de igual manera no les han dicho que continúen haciéndolo, por lo que la última decisión la toman los agentes de Vialidad. Por su parte, la titular de Comunicación Social, destacó que los oficiales de Tránsito siguen trabajando de la misma manera que antes de la entrada en vigor de la Reforma a la Ley de Vialidad.

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Luego de que entrara en vigor la Reforma a la Ley de Vialidad que prohíbe la retención de documentos vehiculares por parte de las autoridades, y de que en Parral no se esté aplicando, el departamento de Tránsito y Vialidad Municipal, no ha recibido órdenes por parte de los directivos de seguir o no recogiendo los papeles para garantizar el pago de una multa, lo que les obliga a dejar la última palabra a los oficiales de Tránsito.

Según comentó el personal interno de la corporación de Tránsito y Vialidad, quien decidió omitir su nombre por miedo a represalias, señaló que debido a que la nueva reforma establece que ninguna autoridad, municipal o estatal, puede retener los documentos vehiculares en caso de una infracción, el personal de este departamento ha implementado sus propias indicaciones, puesto que los directivos no les han dado nuevas, ni les han dicho si pueden o no retener documentos, ya que según explicó el Ayuntamiento de Parral es autónomo y no aplica esa ley aquí.

En tanto, la titular de Comunicación Social, Rossana Vázquez indicó que el departamento de Tránsito y Vialidad sigue trabajando de la misma manera que lo ha hecho siempre, siguiendo el reglamento del Municipio.

Por su parte, el oficial explicó que, lo único que les han dicho, es que continúen haciendo sus labores como de costumbre, sólo que esta vez, con un criterio amplio, tanto de lo que sucede con el conductor, como con la infracción que cometió.

Es decir, si el oficial ve que un conductor maneja de noche, sin las luces encendidas y lo detiene, puede tener tres opciones: la primera, dejarlo ir sólo con una advertencia; dos, realizarle la multa por el descuido y retenerle su documento como garantía del pago; o la última, realizarle la multa y dejarlo ir, sin retenerle el documento.

No obstante, la licenciada Vázquez destacó que es importante resaltar que si los oficiales no infraccionan a la persona en cuestión, es porque podría no tratarse de algo grave, por lo que se le puede dar la oportunidad al conductor de seguir con su camino, sólo que con precaución.

El agente, señaló que lo anteriormente explicado se deriva de lo siguiente: si al mostrarle el documento a un agente de Vialidad, este la toma y no se la devuelve, quiere decir que probablemente vaya a haber una infracción con retención del documento.

Pero si el conductor exige que se le devuelva su documento, puesto que él no puede hacer la retención de ese papel como garantía del pago, el agente decide devolver o no el documento, dependiendo si estás ocasionando problemas, o si la falta administrativa lo amerita, ahí es donde entra el criterio.

“De igual manera, el oficial va a tratar de convencerte de que el Municipio es autónomo con tal de hacerte la retención del documento, por lo que ahí, es decisión del ciudadano si se deja mangonear”.

Pero si en cambio, por miedo, timidez, u otro factor, el conductor prefiere quedarse callado, pues lógicamente, el tránsito le hará la retención del documento, le expedirá la papeleta y el conductor tendrá que pagar la multa para la devolución de su documento.

“Los jefes te exigen de igual manera que lleves infracciones, con o sin documentos, por lo que no es a fuerzas que te deban retener el documento, o que te digan que es como garantía, el último que tiene la palabra es el oficial”.

En tanto, Rossana Vázquez señaló que, efectivamente, si un conductor está cometiendo una falta administrativa, lo más lógico que procede es que el agente vial elabore una infracción, puesto que su trabajo es prevenir y salvaguardar a la ciudadanía, pero no es una exigencia el llevar infracciones que no cuentan con una base en específico.

“Tampoco se corrompe al agente de Vialidad para que cumpla con una meta especifica de multas, aquí lo que se le pide al personal de Tránsito es que supervisen a todo conductor de que cumpla con las normas de Vialidad y en caso de romper una, que se le expida la infracción conforme a lo que violentó”.

El oficial señaló que en el caso de las personas que se les encuentra ingiriendo bebidas alcohólicas mientras conduce, se hace el acompañamiento al departamento de Seguridad Pública Municipal, donde se le aplicará el alcoholímetro para certificar si se puede hacer la retención del vehículo o no.

Sin embargo, generalmente nadie sabe que si el conductor se encuentra acompañado de una persona que no haya consumido alcohol, o que esté en mejores condiciones para conducir que el mismo propietario, éste puede hacer posesión del volante y llevarlo hasta su casa, sin riesgo de que el tránsito mande el carro al corralón.

“En pocas palabras, no hay un conocimiento de la ciudadanía como debe ser, y mientras no lo haya, nosotros seguimos trabajando de la manera antigua”.

A criterio, elementos de Tránsito y Vialidad realizan las retenciones de documentos vehiculares. Según mencionó el personal interno de la corporación, los altos mandos de Seguridad Pública Municipal no han dado indicaciones de que el personal en turno, no haga la retención de documentos, y de igual manera no les han dicho que continúen haciéndolo, por lo que la última decisión la toman los agentes de Vialidad. Por su parte, la titular de Comunicación Social, destacó que los oficiales de Tránsito siguen trabajando de la misma manera que antes de la entrada en vigor de la Reforma a la Ley de Vialidad.

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Luego de que entrara en vigor la Reforma a la Ley de Vialidad que prohíbe la retención de documentos vehiculares por parte de las autoridades, y de que en Parral no se esté aplicando, el departamento de Tránsito y Vialidad Municipal, no ha recibido órdenes por parte de los directivos de seguir o no recogiendo los papeles para garantizar el pago de una multa, lo que les obliga a dejar la última palabra a los oficiales de Tránsito.

Según comentó el personal interno de la corporación de Tránsito y Vialidad, quien decidió omitir su nombre por miedo a represalias, señaló que debido a que la nueva reforma establece que ninguna autoridad, municipal o estatal, puede retener los documentos vehiculares en caso de una infracción, el personal de este departamento ha implementado sus propias indicaciones, puesto que los directivos no les han dado nuevas, ni les han dicho si pueden o no retener documentos, ya que según explicó el Ayuntamiento de Parral es autónomo y no aplica esa ley aquí.

En tanto, la titular de Comunicación Social, Rossana Vázquez indicó que el departamento de Tránsito y Vialidad sigue trabajando de la misma manera que lo ha hecho siempre, siguiendo el reglamento del Municipio.

Por su parte, el oficial explicó que, lo único que les han dicho, es que continúen haciendo sus labores como de costumbre, sólo que esta vez, con un criterio amplio, tanto de lo que sucede con el conductor, como con la infracción que cometió.

Es decir, si el oficial ve que un conductor maneja de noche, sin las luces encendidas y lo detiene, puede tener tres opciones: la primera, dejarlo ir sólo con una advertencia; dos, realizarle la multa por el descuido y retenerle su documento como garantía del pago; o la última, realizarle la multa y dejarlo ir, sin retenerle el documento.

No obstante, la licenciada Vázquez destacó que es importante resaltar que si los oficiales no infraccionan a la persona en cuestión, es porque podría no tratarse de algo grave, por lo que se le puede dar la oportunidad al conductor de seguir con su camino, sólo que con precaución.

El agente, señaló que lo anteriormente explicado se deriva de lo siguiente: si al mostrarle el documento a un agente de Vialidad, este la toma y no se la devuelve, quiere decir que probablemente vaya a haber una infracción con retención del documento.

Pero si el conductor exige que se le devuelva su documento, puesto que él no puede hacer la retención de ese papel como garantía del pago, el agente decide devolver o no el documento, dependiendo si estás ocasionando problemas, o si la falta administrativa lo amerita, ahí es donde entra el criterio.

“De igual manera, el oficial va a tratar de convencerte de que el Municipio es autónomo con tal de hacerte la retención del documento, por lo que ahí, es decisión del ciudadano si se deja mangonear”.

Pero si en cambio, por miedo, timidez, u otro factor, el conductor prefiere quedarse callado, pues lógicamente, el tránsito le hará la retención del documento, le expedirá la papeleta y el conductor tendrá que pagar la multa para la devolución de su documento.

“Los jefes te exigen de igual manera que lleves infracciones, con o sin documentos, por lo que no es a fuerzas que te deban retener el documento, o que te digan que es como garantía, el último que tiene la palabra es el oficial”.

En tanto, Rossana Vázquez señaló que, efectivamente, si un conductor está cometiendo una falta administrativa, lo más lógico que procede es que el agente vial elabore una infracción, puesto que su trabajo es prevenir y salvaguardar a la ciudadanía, pero no es una exigencia el llevar infracciones que no cuentan con una base en específico.

“Tampoco se corrompe al agente de Vialidad para que cumpla con una meta especifica de multas, aquí lo que se le pide al personal de Tránsito es que supervisen a todo conductor de que cumpla con las normas de Vialidad y en caso de romper una, que se le expida la infracción conforme a lo que violentó”.

El oficial señaló que en el caso de las personas que se les encuentra ingiriendo bebidas alcohólicas mientras conduce, se hace el acompañamiento al departamento de Seguridad Pública Municipal, donde se le aplicará el alcoholímetro para certificar si se puede hacer la retención del vehículo o no.

Sin embargo, generalmente nadie sabe que si el conductor se encuentra acompañado de una persona que no haya consumido alcohol, o que esté en mejores condiciones para conducir que el mismo propietario, éste puede hacer posesión del volante y llevarlo hasta su casa, sin riesgo de que el tránsito mande el carro al corralón.

“En pocas palabras, no hay un conocimiento de la ciudadanía como debe ser, y mientras no lo haya, nosotros seguimos trabajando de la manera antigua”.

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