/ miércoles 13 de mayo de 2020

La Adolescencia en Tiempos de Crisis

Ante la vorágine de constantes cambios que se ciernen sobre la sociedad, en la que nada permanece inmutable, la adolescencia una etapa de la vida que es inherente al desarrollo y crecimiento humano, y la familia la piedra angular de la sociedad, están vinculadas estrechamente.

Pues como individuos, pertenecemos a un núcleo familiar, el cual nos provee de afecto, cubre nuestras necesidades básicas y nos provee de las primeras interrelaciones sociales y afectivas, para posteriormente, integrarnos como miembros activos y autónomos de la sociedad.

Es así, que la familia tiene una gran responsabilidad que debe asumir, al contar entre sus miembros con menores, llámense niños o adolescentes, pues, así como de bebe, se le proveyó de los cuidados propios de la edad, en estas etapas no es la excepción. La labor de la familia, sea cual fuese su denominación (monoparental, nuclear, etc.), debe ser tomada con responsabilidad y conciencia. Para posteriormente, analizar la situación, informarse y tomar las acciones pertinentes.

Es entonces, que la educación y la formación de los niños y jóvenes, ocasiona innumerables interrogantes, que la legislación vigente pretende dilucidar.

El artículo tercero de la Constitucional, menciona que la educación “Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos...”

Y es entonces que han aparecido Códigos de la Familia en estados como Hidalgo, Veracruz y Zacatecas en los que se aclaran los límites del ejercicio de las obligaciones y derechos de corrección de los padres apareciendo el concepto de Autoridad Parental, que se conceptualiza de la siguiente manera:

“La autoridad parental es el conjunto de facultades y deberes, que la ley otorga e impone al padre y a la madre sobre sus hijos menores de edad o declarados incapaces, para que los protejan, eduquen, asistan y preparen para la vida, y además, para que los representen y administren sus bienes. Hijo de familia es quien está sujeto a autoridad parental.”

Por otra parte, el estado de Chihuahua desde el año 2011, ha realizado esfuerzos por legislar un código específico para las relaciones familiares, dado los constantes cambios que la sociedad ha experimentado.

El asunto de protección a menores tiene que ser efectiva y eficiente, debe haber castigos suficientes a padres o tutores que provoquen daño a sus hijos, por ejemplo, hay niños que no están registrados y por lo tanto no existe vinculación ni a los procedimientos judiciales, es decir que la ley no los registra en el común de sus derechos y servicios.

También tenemos altos índices de menores obligados a trabajar, sin atención médica, sin recibir la protección familiar, otros obligados a cumplir tareas no aptas para ellos y con altos riesgos como vender en la calle, realizar trabajos en minas, con maquinaria pesada y cuidar de menores, entre otros. Otros son abusados por sus propias familias, abandonados, violados, maltratados y algunos iniciados por sus padres en las drogas y actos delictivos. Esta situación no sólo se presenta en Chihuahua, es un problema para distintos estados de la República.

Corresponde a la sociedad velar por los intereses de los menores.


Ante la vorágine de constantes cambios que se ciernen sobre la sociedad, en la que nada permanece inmutable, la adolescencia una etapa de la vida que es inherente al desarrollo y crecimiento humano, y la familia la piedra angular de la sociedad, están vinculadas estrechamente.

Pues como individuos, pertenecemos a un núcleo familiar, el cual nos provee de afecto, cubre nuestras necesidades básicas y nos provee de las primeras interrelaciones sociales y afectivas, para posteriormente, integrarnos como miembros activos y autónomos de la sociedad.

Es así, que la familia tiene una gran responsabilidad que debe asumir, al contar entre sus miembros con menores, llámense niños o adolescentes, pues, así como de bebe, se le proveyó de los cuidados propios de la edad, en estas etapas no es la excepción. La labor de la familia, sea cual fuese su denominación (monoparental, nuclear, etc.), debe ser tomada con responsabilidad y conciencia. Para posteriormente, analizar la situación, informarse y tomar las acciones pertinentes.

Es entonces, que la educación y la formación de los niños y jóvenes, ocasiona innumerables interrogantes, que la legislación vigente pretende dilucidar.

El artículo tercero de la Constitucional, menciona que la educación “Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos...”

Y es entonces que han aparecido Códigos de la Familia en estados como Hidalgo, Veracruz y Zacatecas en los que se aclaran los límites del ejercicio de las obligaciones y derechos de corrección de los padres apareciendo el concepto de Autoridad Parental, que se conceptualiza de la siguiente manera:

“La autoridad parental es el conjunto de facultades y deberes, que la ley otorga e impone al padre y a la madre sobre sus hijos menores de edad o declarados incapaces, para que los protejan, eduquen, asistan y preparen para la vida, y además, para que los representen y administren sus bienes. Hijo de familia es quien está sujeto a autoridad parental.”

Por otra parte, el estado de Chihuahua desde el año 2011, ha realizado esfuerzos por legislar un código específico para las relaciones familiares, dado los constantes cambios que la sociedad ha experimentado.

El asunto de protección a menores tiene que ser efectiva y eficiente, debe haber castigos suficientes a padres o tutores que provoquen daño a sus hijos, por ejemplo, hay niños que no están registrados y por lo tanto no existe vinculación ni a los procedimientos judiciales, es decir que la ley no los registra en el común de sus derechos y servicios.

También tenemos altos índices de menores obligados a trabajar, sin atención médica, sin recibir la protección familiar, otros obligados a cumplir tareas no aptas para ellos y con altos riesgos como vender en la calle, realizar trabajos en minas, con maquinaria pesada y cuidar de menores, entre otros. Otros son abusados por sus propias familias, abandonados, violados, maltratados y algunos iniciados por sus padres en las drogas y actos delictivos. Esta situación no sólo se presenta en Chihuahua, es un problema para distintos estados de la República.

Corresponde a la sociedad velar por los intereses de los menores.